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Canal 9 transgrede el derecho a la
intimidad y la ética periodística


Madrid (España), 11/05/00. Especial de AGP para OPI

La Agrupación General de Periodistas de UGT (AGP-UGT) denuncia públicamente los métodos absolutamente faltos de ética que utiliza la televisión pública valenciana Canal 9 en su programa “PVP”. Este programa está supuestamente dirigido a la defensa del consumidor. Ahora bien, en su elaboración se utilizan procedimientos de más que dudosa legalidad y se menosprecia el derecho a la intimidad y a la propia imagen.

“PVP” utiliza como soporte la grabación con cámara oculta de diálogos que luego son utilizados en el programa. AGP-UGT está en disposición de afirmar que los afectados a menudo no son sabedores del hecho de estar siendo grabados y en ocasiones ni siquiera conocen, antes de realizarse los programas, que sus declaraciones van a ser utilizadas. Además, podría darse el caso de que en el diálogo, grabado, se pueda inducir al reconocimiento o incluso a la comisión de un delito. Asimismo, la selección de los cortes de voz a utilizar se realiza en función del sesgo que se quiere dar al programa, dando por bueno el criterio de no dejar que la realidad estropee un buen reportaje. Se practica, en suma, la manipulación más burda.

Los medios de comunicación del País Valenciano han recogido ya denuncias de afectados. Es público, por otro lado, que en el Consejo de Administración de Radiotelevisión Valenciana (RTVV) se ha abordado la cuestión en diversas ocasiones, sin que la representación mayoritaria, del gubernamental Partido Popular, haya querido ver irregularidad alguna.

Ante la situación creada por Canal 9 y por la productora que realiza el programa, Nexum (asociación del diario El Mundo y de la agencia Europa Press), la junta directiva estatal de la Agrupación General de Periodistas de UGT (AGP-UGT) demanda la intervención del Consejo de Administración de Radiotelevisión Valenciana para garantizar el cumplimiento de la legalidad en el programa “PVP”. Especialmente se debe velar por el cumplimiento de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Finalmente, nos proclamamos, sin ambages, firmes partidarios de la defensa efectiva de los derechos de los consumidores. Ahora bien, no es justificable que otros derechos queden pisoteados. En todo caso, no sobra recordar que quien tiene conocimiento de la comisión de un delito –en este caso contra los derechos del consumidor– tiene la obligación de denunciarlo, y no sólo ante las cámaras.


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